Cómo Presentar un Reclamo de Personas Jurídicas

Evalúe a la luz del Código Chileno de Ética Publicitaria (disponible para consultas en este sitio) la publicidad que le merece reparos.

Si considera que la referida pieza publicitaria esta en conflicto con algún artículo del Código, presente un reclamo, expresando los fundamentos del mismo.

No hay ningún formato preestablecido para la argumentación. El reclamo debe ser hecho por escrito y puede ser entregado personalmente, por correo, mensajero o por e-mail. No se recibirán reclamos hechos por medios no escritos.

Deberá acompañar un documento que respalde su personería para representar a la persona jurídica que formula el reclamo.

Como reclamante, usted debe identificarse con su nombre completo, Rut, dirección donde pueda enviársele la resolución y un número de teléfono y correo electrónico, para aclarar cualquier duda y mantenerlo informado del proceso (Ver Reglamento de Funciones y Procedimientos de CONAR, disponible para consultas en este sitio).

Asimismo, deberá individualizar a la parte reclamada (razón social, dirección), es decir, a quien corresponde hacer traslado de su reclamo para que formule los descargos correspondientes.

Deberá acompañar una copia del o los avisos o piezas publicitarias que le merecen reparos. Si el aviso o la pieza publicitaria reclamada no esta claramente identificada no podrá iniciarse el procedimiento.

La pieza publicitaria reclamada, debe ser recibida en CONAR por el conducto que más le acomode (digital, correo electrónico a conar@conar.cl); o bien directamente o por correspondencia, en horario de oficina (Guardia Vieja 255 oficina 1604, Providencia.).

Para presentar un reclamo al CONAR no se exige el patrocinio de abogados ni de institución o persona alguna.

Su reclamo será analizado y, si es de competencia del Consejo (habitualmente lo es), se le dará curso identificándolo con un “número de rol”, y se le mantendrá informado de los resultados.

Considere que el desagrado personal que a usted le pueda causar un aviso, o las opiniones sobre el buen o mal gusto con que está hecho, no son razones suficientes para que una determinada pieza publicitaria sea calificada como en conflicto con la ética publicitaria.

Datos de la Empresa/Entidad que reclama:

  • Razón Social: (*)
  • Dirección: (*)
  • Comuna:
  • Teléfono: (*)
  • Mail: (*)
  • Giro:

Nombre del Representante:

  • Cargo: (*)
  • RUT:
  • Dirección: (*)
  • Teléfono: (*)
  • Mail:

Otro contacto:

  • Mail contacto:

Aranceles de Tramitación:

  • Toda reclamante está afecta a un arancel de tramitación.
  • Si la reclamante es socia de alguna de las siguientes entidades, el arancel es UF 50 + IVA, en su equivalente en pesos a la fecha del reclamo:
    • Asociación Nacional de Avisadores – ANDA
    • Asociación Chilena de Agencias de Publicidad – ACHAP
    • Asociación Nacional de Televisión – ANATEL
    • Asociación de Radiodifusores de Chile – ARCHI
    • Interactive Advertising Bureau – IAB
    • Asociación Nacional de la Prensa – ANP
    • Asociación de Marketing Digital y Data de Chile – AMDD
  • En caso de no pertenecer a alguna de las asociaciones matrices de CONAR precedentemente indicadas, el arancel de tramitación del reclamo es UF 70 + IVA, en su equivalente en pesos a la fecha del reclamo.
  • La instancia de apelación contemplada en el art. 26º del Reglamento de Funciones y Procedimientos de CONAR esta afecta a un arancel de UF 50 + IVA para los socios de las matrices de CONAR, precedentemente individualizadas y de UF 70 + IVA para los no socios.

Como presentar un reclamo de Personas Naturales

Evalúe a la luz del Código Chileno de Ética Publicitaria la publicidad que le merece reparos.

Si considera que hay algún tipo de transgresión al Código, presente un reclamo expresando en forma simple, breve y objetiva, el por qué del mismo. La mayor o menor extensión de las presentaciones no ayuda a acoger el reclamo.

Hágalo con sus propias palabras. No hay ningún formato o formulario preestablecido. El reclamo debe ser hecho por escrito y puede ser entregado personalmente, por correo, mensajero o por e-mail. No se recibirán reclamos hechos por medios no escritos.

En lo posible, acompañe el aviso o la pieza publicitaria que le merece reparos, o una copia de ella grabada o fotocopiada, pues suele haber muchas piezas similares. Si el aviso o la pieza publicitaria reclamada no está claramente identificada no podrá iniciarse el procedimiento.

La pieza publicitaria reclamada, debe ser recibida en CONAR por el conducto que más le acomode (digital, correo electrónico a conar@conar.cl).

Como reclamante, usted debe identificarse con su nombre completo, RUT, dirección donde pueda enviársele la resolución e idealmente un número de teléfono para aclarar cualquier duda.

Para presentar un reclamo al CONAR no se necesita el patrocinio de abogados ni de institución o persona alguna.

Su reclamo será analizado y, si es de competencia del Consejo (habitualmente lo es), se le dará curso identificándolo con un “número de rol”, y se le mantendrá informado de los resultados.

Considere que el desagrado personal que a usted le pueda causar un aviso, o las opiniones sobre el buen o mal gusto con que está hecho, no constituyen de por sí una transgresión ética.

Los reclamos presentados por personas naturales, por regla general (ver aranceles), se tramitan de forma gratuita como un servicio a los consumidores y a la comunidad.

Formulario de Reclamos de Personas Naturales:

  • Nombre: (*)
  • Dirección: (*)
  • Comuna: (*)
  • Mail:
  • Publicidad que se reclama: (*)
  • Producto o servicio que se publicita: (*)
  • Medio en que se vio: (*)
  • Fecha y hora aproximada: (*)
  • Motivo por el cual reclama: (*)