La competencia entre marcas siempre ha estado presente en la publicidad. El contraste de características entre un producto y otro lo hemos visto por muchos años, en creativos anuncios que más de alguna vez llamaron nuestra atención.

 

Samsung y Apple, son actualmente los competidores más recientes en el mundo tecnológico debido a las novedades de sus smartphones. Esto dio paso para que el gigante surcoreano midiera su rivalidad tras el lanzamiento del IphoneX con un interesante spot publicitario exhibido en la TV chilena.

 

 

 

 

En el video se puede ver a un joven que por muchos años fue un fiel seguidor de la marca Apple y sus Iphones. Sin embargo, la historia cambia cuando la nueva amiga del protagonista tiene uno de los teléfonos Samsung.

 

Con el paso del tiempo comienza a ver lo superior que este smartphone es en comparación al suyo, resaltando las capacidades y características, hasta que al final decida comprar uno.

 

No es usual ver este tipo de campañas en la TV nacional. Casos como estos fueron alguna vez removidos de la pantalla, tal como ocurrió con la campaña Pepsi Challenge en 1986, el que comparaba los sabores de las dos bebidas cola más populares del mundo.

 

Sin embargo, el código de ética publicitaria del CONAR estable en el artículo 14 lo siguiente:

 

La publicidad comparativa será aceptada siempre que respete los siguientes principios y límites:A.    Que compare bienes o servicios que satisfagan las mismas necesidades o tengan la misma finalidad;B.    Que compare de modo veraz, objetivo y demostrable una o más características de los bienes, servicios o marcas comparadas, entre las que podrá incluirse el precio.C.   Que no dé lugar a confusión en el mercado entre el anunciante y un competidor, o entre las marcas, los nombres comerciales, otros signos distintivos o los bienes o servicios del anunciante y los de algún competidor;D.    Que no constituya competencia desleal, denigración o menosprecio de la imagen o la marca de otra empresa o industria.

 

En referencia a lo anterior, la publicidad comparativa es aceptada siempre y cuando se respete lo estipulado en el código, evitando denigrar a la competencia ya sea por su producto o servicio. A eso también se suma el debio uso de antecedentes objetivos que respalden la comparación que se está realizando entre una marca y otra.

 

Hasta el momento Apple no ha tomado medidas tras el lanzamiento del comercial. Su exhibición en la pantalla se ha mantenido y también ha sido un éxito total, logrando más de 24 millones de reproducciones desde su lanzamiento hasta hoy. No obstante, el ganador de esta “guerra tecnológica” lo definirá el número de ventas que cada uno logre.

 

 

Fuente: Transmedia.cl

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