Este Código de autodisciplina es aplicado por el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria, CONAR.

Los acuerdos de CONAR no pueden ser usados como apoyo a, o en contra de, la imagen de empresas, sus productos o servicios, o la publicidad de los mismos.

El nombre del CONAR o cualquiera de sus elementos identificatorios no deben ser utilizados, de ninguna forma, como aval o garantía para determinadas manifestaciones publicitarias. El uso de dichos elementos sólo será admisible con la previa autorización expresa del Consejo.

Este Código se complementa con los Pronunciamientos Doctrinarios que emita el Directorio de CONAR en el ejercicio de sus atribuciones.